La Congregación para la Doctrina de la Fe publicó este 22 de septiembre la Carta “Samaritanus Bonus” en la que pide a los acompañantes espirituales de enfermos terminales evitar cualquier gesto que se interprete como aprobación del suicidio asistido o de la eutanasia.
“No es admisible por parte de aquellos que asisten espiritualmente a estos enfermos ningún gesto exterior que pueda ser interpretado como una aprobación de la acción eutanásica, como por ejemplo el estar presentes en el instante de su realización. Esta presencia solo puede interpretarse como complicidad”, advierte la Carta “Samaritanus Bonus”.
En esta línea, la “Samaritanus Bonus” añade que “este principio se refiere de manera particular, pero no solo, a los capellanes de las estructuras sanitarias donde puede practicarse la eutanasia, que no deben dar escándalo mostrándose de algún modo cómplices de la supresión de una vida humana”.
Además, la Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe señala que “hoy es necesario reafirmar la enseñanza de la Iglesia es el acompañamiento pastoral de quien ha pedido expresamente la eutanasia o el suicidio asistido”.
Sobre el sacramento de la Reconciliación, “el confesor debe asegurarse que haya contrición, la cual es necesaria para la validez de la absolución, y que consiste en el dolor del alma y detestación del pecado cometido, con propósito de no pecar en adelante” recuerda la Carta por lo que el enfermo podrá recibir los sacramentos “en el momento en el que su disposición a cumplir los pasos concretos permita al ministro concluir que el penitente ha modificado su decisión”.
En este sentido, “esto implica también que una persona que se haya registrado en una asociación para recibir la eutanasia o el suicidio asistido debe mostrar el propósito de anular tal inscripción, antes de recibir los sacramentos”.
“Esta posición de la Iglesia no es un signo de falta de acogida al enfermo. De hecho, debe ser el ofrecimiento de una ayuda y de una escucha siempre posible, siempre concedida, junto a una explicación profunda del contenido del sacramento, con el fin de dar a la persona, hasta el último momento, los instrumentos para poder escogerlo y desearlo”.
Finalmente, la Carta “Samaritanus Bonus” recuerda que “la Iglesia está atenta a escrutar los signos de conversión suficientes, para que los fieles puedan pedir razonablemente la recepción de los sacramentos” por lo que “se recuerda que posponer la absolución es también un acto medicinal de la Iglesia, dirigido, no a condenar al pecador, sino a persuadirlo y acompañarlo hacia la conversión”.